Conozca todo sobre FATCA y CRS

FATCA: Foreign Account Tax Compliance Act de EEUU
CRS: Common Reporting Standard de la OCDE.
Por sus siglas en inglés (Foreign Account Tax Compliance Act), es una Ley de cumplimiento de cuentas extranjeras, la cual es aplicable a ciudadanos y/o responsables fiscales de los Estados Unidos de América y tiene como fin evitar la evasión fiscal a través de un control a las operaciones internacionales.
Por sus siglas en inglés (Common Reporting Standard). Es una Ley global para el intercambio automático de información de cuentas financieras, aplicable a las personas con obligaciones tributarias en otros países diferentes a Colombia y EE.UU. de conformidad con el estándar de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) la cual busca evitar la evasión fiscal por medio de un mayor control a las operaciones internacionales.

FIDUCOOMEVA está comprometido en apoyar los esfuerzos para asegurar el cumplimiento armónico y transparente de las obligaciones tributarias internacionales y en seguir manteniendo altos estándares de seguridad y confidencialidad en los datos de nuestros clientes.
FIDUCOOMEVA está dando cumplimiento a la Ley FATCA de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo Intergubernamental (IGA) negociado entre las autoridades colombianas y las de Estados Unidos de América y atendiendo las directrices incluidas en la resolución 60 de junio de 2015 expedida por la DIAN. De igual manera, FIDUCOOMEVA ha establecido los procedimientos pertinentes para el cumplimiento de las disposiciones incluidas en la resolución 119 de noviembre de 2015 expedida por la DIAN, en lo referente a la implementación del esquema de intercambio de información tributaria liderado por la OCDE: Common Reporting Standard o CRS.
Adicionalmente, FIDUCOOMEVA ya ha sido registrada e incluida en lista oficial del IRS y de las instituciones financieras participantes como es requerido por FATCA. El código GIIN de FIDUCOOMEVA como institución financiera es C8LZPE.99999.SL.170. La Fiduciaria facilitará su formulario W8-BEN-E a quien lo solicite y acredite un interés en ello.
FIDUCOOMEVA no mantendrá relaciones comerciales con instituciones financieras que no cumplan con las obligaciones que les correspondan de acuerdo con la Ley FATCA Y CRS.
Similar a FATCA, CRS exige a las instituciones financieras como FIDUCOOMEVA, identificar a sus clientes que sean residentes para propósitos fiscales en jurisdicciones distintas a Colombia y posteriormente reportar su información a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Las obligaciones más importantes que imponen estas regulaciones a FIDUCOOMEVA son las siguientes:
• | Ejecutar un proceso de debida diligencia (Due Diligence) mediante el cual se debe Identificar y clasificar a los clientes persona natural o jurídica, que sean ciudadanos y/o responsables fiscales de EE.UU. para efectos de FATCA, y residentes fiscales de otros países diferentes a Colombia, para efectos de CRS. |
• | Reportar anualmente la información de los clientes sujetos a FATCA o CRS a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia - DIAN, en los términos establecidos por las regulaciones aplicables. |
• | Retener el 30% de los ingresos recibidos de fuente estadounidense, a los clientes que no suministren la información requerida para cumplir con FATCA. |
A todos los clientes Personas Naturales y Personas Jurídicas que presenten indicios confirmados o no desvirtuados de ser personas de Estados Unidos (para efectos de FATCA) o residentes para propósitos fiscales de una jurisdicción diferente a Colombia (para efectos de CRS), sean clientes nuevos o antiguos.

La DIAN exige a las instituciones financieras informar con periodicidad anual de los clientes que no actualicen sus datos y que además presenten indicios confirmados o nos desvirtuados de ser ciudadanos y/o responsables fiscales en una jurisdicción diferente a Colombia o a Estados Unidos.

Estos indicios varían dependiendo de si se trata de una Persona Natural o una Persona Jurídica.
Persona Natural
FATCA | CRS |
Ser Ciudadano de EE.UU aún cuando no resida en EE.UU. | El titular de la cuenta es residente fiscal de una jurisdicción diferente a Colombia y EE.UU. |
Tener pasaporte de EE.UU. | Dirección de residencia o apartado postal actual (incluyendo oficina postal) en una jurisdicción distinta a Colombia y EE.UU. |
Nacido en EE.UU., salvo renuncia a la nacionalidad. | |
Residente permanente de EE.UU. | Instrucciones para transferir Fondos a una cuenta mantenida en una jurisdicción diferente a Colombia |
Residente fiscal en EE.UU. | |
Tiene asociada a la cuenta una segunda dirección postal en EE.UU. | Cuenta con un poder efectivo cedido a un abogado o a cualquier persona que sea de una jurisdicción diferente a Colombia y EE.UU. |
Tiene asociada a la cuenta una dirección postal en EE.UU. | Uno o más teléfonos que pertenezcan a una jurisdicción distinta a Colombia y EE.UU. |
Cuenta con un poder notarial a favor de una persona con dirección postal en EE.UU. | Dirección de terceros como única dirección de contacto, en una jurisdicción diferente a Colombia y EE.UU. |
Persona Jurídica
FATCA | CRS |
Clasificación como persona jurídica de EE.UU., por haber sido constituida en EE.UU. o estar domiciliada en ese país. | Clasificación como persona jurídica y haber sido constituida en una jurisdicción diferente a Colombai y/o EE.UU. o por estar domiciliada en el exterior. |
Haber informado dirección o número telefónico en EE.UU. | |
Tiene asociada a la cuenta una dirección postal en EE.UU. | |
Tiene asociada a la cuenta una segunda dirección postal en EE.UU. a la cual redirecciona la correspondencia. | |
Cuenta con un poder notarial a favor de una persona con dirección postal en EE.UU. | La persona jurídica tiene un beneficiario final o accionista controlante que sea una persona con responsabilidad fiscal en una jurisdicción diferente a Colombia y EE.UU. |
Ha emitido órdenes de transferencia periódicas a una cuenta estadounidense. | |
La persona jurídica tiene un beneficiario final o accionista controlante que sea una US Person. |

La Fiduciaria ha estructurado su cumplimiento de la Ley FATCA y CRS de modo que se minimice el impacto para los clientes. En todo caso los clientes deben suministrar a la Fiduciaria la información requerida para establecer si se trata de personas de Estados Unidos o de personas residentes para propósitos fiscales en jurisdicciones distintas a Colombia.
Los clientes deberán remitir, cuando lo solicite la Fiduciaria, un formato de autocertificación en el que aclaren su estatus para fines de la Ley FATCA y CRS.
Las instituciones financieras colombianas con las que la Fiduciaria tenga relación deberán información su GIIN o de otra manera justificar su estatus bajo la Ley FATCA. Cuando la Fiduciaria lo solicite deberán igualmente remitir un formato de autocertificación.

Son todos aquellos productos de custodia tales como:
Fideicomisos que inviertan en activos financieros e inversiones en Fondos de Inversión colectiva o fondos de capital privado.

En Colombia es obligatorio para todas las instituciones financieras cumplir con la Ley FATCA y con CRS. El gobierno de EE.UU. ha suscrito o acordado IGAs con más de 100 países que incluyen a la casi totalidad de Sur América, Centro América y Europa, así como a varios de los principales países de Asia (Corea, China, Hong Kong, Japón). Las instituciones financieras que no cumplan con sus obligaciones de FATCA serán consideradas no participantes y se expondrán (ellas y sus clientes) a medidas punitivas, tales como retenciones en ciertos giros provenientes de los Estados Unidos.
Así mismo, más de noventa países han suscrito el acuerdo multilateral relativo a CRS, comprometiéndose con su implementación, con miras a que el grupo de los adoptantes tempranos (entre ellos Colombia) inicie intercambios de información en el año 2017.

Colombia ha firmado un acuerdo intergubernamental IGA por sus siglas en ingles con los EE.UU. en torno a FATCA, por esta razón el reporte a las autoridades será un requerimiento legal.

Si usted eligiera no contestar a los pedidos de información para asistirnos en la determinación de su condición tributaria, las acciones a seguir se ajustarán a la normativa legal y a las regulaciones bancarias y tributarias aplicables.
Debido a que Colombia tiene un acuerdo intergubernamental IGA por sus siglas en ingles con los EE.UU. en torno a FATCA, la legislación local nos requerirá que tratemos tus cuentas como sujetas a ser reportadas.

Fiducoomeva estará en la obligación de obtener cierta documentación relacionada con FATCA.
A pesar de nuestro mejor esfuerzo por lograr que este proceso sea lo más sencillo posible para nuestros clientes, cabe la posibilidad que nos veamos en la obligación de comunicarnos para solicitarle información adicional.
El presente texto es una publicación para proporcionar a los consumidores financieros información precisa y adecuada en relación con el contenido e implicaciones de la Ley FATCA (Carta Circular No. 62 de 2013 de la Superintendencia Financiera de Colombia). La información aquí contenida está sujeta a cambios normativos en Colombia y en Estados Unidos, como también a cambios de interpretación de las normas colombianas o extranjeras por parte de las autoridades, o de las entidades financieras en ambos países. Este documento no pretende brindar asesoría o formular recomendaciones en relación con FATCA, motivo por el cual se sugiere, en caso de considerarse necesario, contactar a un profesional especializado. Para mayor información al respecto, puede consultar en https://www.irs.gov/es/spanish
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Fecha de publicación 23/01/2018
Última modificación 18/12/2019
Fecha de publicación 23/01/2018
Última modificación 18/12/2019