Consumidor Financiero

¿Quién es?
Es todo cliente, usuario o cliente potencial de Fiducoomeva.
Derechos y deberes del Consumidor Financiero (CF)
El Congreso de la República aprobó la Ley de Protección al Consumidor Financiero (Ley 1328 de 2009) que define los derechos y deberes de los consumidores financieros y las obligaciones de las entidades, en un marco de mayor protección, información, seguridad y educación del usuario.
Como consumidor financiero tendrá durante todos los momentos de su relación con la entidad financiera, los siguientes derechos:
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Recibir de parte de las entidades financieras productos y servicios con estándares de seguridad y calidad, de acuerdo a las condiciones ofrecidas y celebradas en los contratos.
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Tener a su disposición publicidad e información transparente, clara, veraz, oportuna y verificable, sobre las características de los productos o servicios ofrecidos y/o suministrados.
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Exigir la debida diligencia en la prestación del servicio por parte de las entidades financieras.
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Recibir adecuada educación respecto de las diferentes formas de instrumentar los productos y servicios ofrecidos, sus derechos y obligaciones, costos que se generan sobre los mismos y los diversos mecanismos de protección establecidos para la defensa de sus derechos.
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Presentar de manera respetuosa consultas, peticiones, solicitudes, quejas o reclamos ante la entidad financiera, el defensor del Consumidor Financiero, la Superintendencia Financiera de Colombia y los organismos de autorregulación que la entidad disponga.
De igual manera estas son buenas prácticas de autoprotección en las relaciones que establezca con las entidades financieras:
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Cerciorarse que la entidad con la cual desea contratar un producto o servicio se encuentre autorizada y vigilada por la Superintendencia Financiera de Colombia.
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Informarse sobre los productos y servicios que piensa adquirir.
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Observar las instrucciones y recomendaciones que imparta la entidad financiera sobre el manejo de productos o servicios.
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Revisar los términos y condiciones de los contratos y anexos, así como conservar las copias de estos.
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Informarse sobre los órganos y medios que dispone la entidad para presentar peticiones, solicitudes, quejas o reclamos.
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Suministrar a las entidades financieras información cierta, suficiente y oportuna en los eventos que estas lo soliciten.
Fecha de publicación 28/07/2017
Última modificación 13/02/2023